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Una ley de Vivienda que no ponga fin a los desahucios, ni es ley ni es nada

1.044.507 en el periodo 2007-2020 son demasiados motivos como para no poner fin a tanto sufrimiento

La sangria de los desahucios ha pasado por varias fases. Ha sido un drama silenciado, que pasó por una fase de eclosión mediática para volverlo a silenciar, como si de una moda pasajera se tratara. Nada más lejos de la realidad. Ni se frenaron nunca, ni se pusieron jamás soluciones para ello. 

La nueva crisis económica deribada de la COVID-19, junto al clamor social, los han vuelto a poner en primera línea. Los 29.406 desahucios producidos en 2020, nos dan la razón y muestran las mentiras del Gobierno que se ha tirado meses afirmando que estaban suspendidos. También ponen en evidencia lo que nos quieren vender los neoliberales, la banca, los fondos buitres, los inmobiliarias, las patronales y todo ese sector capitalista dispuesto a derramar sangre para no ver afectados sus intereses.

Mientras el ministro Abalos habla de seguridad jurídica ¿para quién? Nosotras hablamos de vidas, de personas con ellas en juego, que ven como sus derechos más fundamentales son tratados como bienes de mercado y una mercancía para enriquecer a unas pocas.

Es imprescindible que la futura Ley de vivienda, acabe con esto. Dicha ley debe contemplar sin discusión, el Stop desahucios de personas vulnerables sin alternativa de vivienda digna y adecuada. Para ello debe obligar a los grandes especuladores a ofrecer alquiler social estable y, para el resto de casos, garantizar el realojo digno y adecuado a cargo de los poderes públicos.

  • La Ley debe recoger el mandato dado por el Comité DESC de Naciones Unidas en cuanto a los desalojos de vivienda sin alternativa habitacional; cambiando la situación actual para impedir que se ejecute un desalojo mientras no haya una garantía de vivienda alternativa que cumpla las características mencionadas. Una habitación de hostal o un albergue no cumple las condiciones adecuadas.
  • En el caso de procedimientos de desahucio en viviendas propiedad de grandes tenedores, la obligación de ofrecer alquiler social de los mismos deberá ser la concesión de un alquiler social en la propia vivienda para evitar el desarraigo
  • Para que la propuesta pueda ser considerada de alquiler social, debe cumplir los siguientes requisitos, fijando rentas que garanticen que el esfuerzo por el pago del alquiler no supere:
    • el 10% de los ingresos ponderados de la unidad familiar, si están por debajo del 0,89 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), o
    • el 12% de los ingresos ponderados de la unidad familiar, si están por debajo del 0,95 del IPREM, o
    • el 18% de los ingresos ponderados

Sin estas medidas, el Gobierno seguirá de rodillas frente a los lobbies, nos seguirán expulsando de nuestras casas y no terminaremos con el derramamiento de lágrimas de sangre. 

No podremos avanzar como sociedad hasta que no solucionemos este problema.

#InicitivaLeyVivienda #StopDesahuciosSinAlternativa

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