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La futura Ley de Vivienda debe, ante todo, garantizar la vivienda como Derecho fundamental

La primera Ley de vivienda presentada por un partido en más de 40 años, debe estar a la altura de las necesidades de la gente y dejar de tratarla como un bien de mercado.

Llevamos meses oyendo hablar de las intenciones del Gobierno a presentar en el Congreso una Ley de Vivienda. Una propuesta que, de realizarse en las condiciones necesarias, abriría una puerta a que de una vez por todas se cumpla el artículo 47 de la Constitución, así como empezar a legislar según marcan los dictámenes de Naciones Unidas y las sentencias del Tribunal Europeo.

Los constantes titulares dejan ver lo descafeinada que puede llegar a ser esta ley. Para que la ley sea realmente lo que la ciudadanía sea lo que necesitamos y que el Gobierne deje de hincar la rodilla ante la presión de los lobbies, la sociedad civil nos organizamos.

Medio centenar de organizaciones hemos impulsado la Iniciativa por una Ley que Garantice el Derecho a la Vivienda. Juntas elaboramos un decálogo de 8 puntos imprescindibles, que la ley debe recoger, así como una batería de medidas para hacerlos efectivos.

El primer punto y de una importancia vital, es que la ley, debe garantizar el derecho a una vivienda digna, como derecho subjetivo. Garantizando así, que esta protección sea efectiva y evitando que ninguna persona sufra situación de sinhogarismo.

El reconocimiento del Derecho a la Vivienda como derecho subjetivo, implica que pase a ser exigible ante Administraciones y Tribunales. Es decir, creando la obligación de los poderes públicos de disponer los medios precisos para garantizarlo desde el mismo momento de la aprobación de esta Ley.

Para que esto sea así, la vivienda debe ser:

  • Digna: con condiciones materiales aceptables en cuanto a habitabilidad, seguridad, aislamiento térmico, garantía de suministros básicos (luz, gas y agua) y telecomunicaciones para evitar la brecha digital.
  • Adecuada: en función del número de miembros de la unidad familiar y sus necesidades.
  • Asequible: el esfuerzo de las familias para el pago de la vivienda, incluidos los gastos fijos y de suministros básicos, no debería exceder del 30% de los ingresos.
  • Accesible: para todas las personas que tengan necesidades de accesibilidad especiales.

En España hay más de 32.000 personas sufriendo sinhogarismo, 12 millones de personas en riesgo de exclusión social, más de 1 millón de desahucios entre 2008 y el 3º Trimestre del 2020.

El 36,1% de la población destina más del 40% de sus ingresos al pago de vivienda y suministros básicos, y únicamente el 18,5% de la población entre 18 y 29 años se ha emancipado por las enormes dificultades para acceder y mantener una vivienda estable.

Mientras, hay 3,4 millones de viviendas vacías, muchas de ellas en manos de grandes tenedores (INE 2011) y el Parque de Vivienda Pública y Social es entre 7 y 10 veces menor que el de otros países desarrollados de Europa.

Tras 42 años de absoluta vulneración de este derecho humano, la Ley por el Derecho a la Vivienda será papel mojado si no protege y garantiza de manera efectiva el Derecho en todo el territorio.

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